¿Qué es el N.I.E.?

El Número de Identificación de Extranjeros (N.I.E.) es un número personal, único y exclusivo que sirve como identificación de ciudadanos extranjeros para operar en España, y que se encuentra regulado en el artículo 206 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

Al igual que el D.N.I. de los ciudadanos españoles, se trata de un código alfanumérico, en este caso, compuesto por 7 números y 2 letras, sirviendo una de ellas como código de verificación.

La obtención del N.I.E. facultará al extranjero a realizar trámites y poder operar en España, en asuntos tales como la constitución de una sociedad, la compra de un activo, la asunción de un cargo en un órgano de administración de una sociedad española, todo ello sin ser necesaria su estancia en España.

 

El N.I.E. se asignará al extranjero interesado siempre y cuando cumpla estos dos requisitos:

  • No encontrarse de manera irregular en España
  • Aportar motivos suficientes para su solicitud, los cuales deben ser económicos, profesionales o sociales. La autoridad competente para su expedición es la Dirección General de Policía, siendo necesario acudir, mediante cita previa, a una Oficina de Extranjeros del Cuerpo Nacional de Policía. El trámite se podrá hacer personalmente, o bien, mediante el apoderamiento a un tercero.
    La documentación necesaria para aportar el día de la cita de solicitud del N.I.E. es la siguiente:
  • Impreso de solicitud EX15, debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte o documento de identificación completo del interesado (original y copia).
  • Certificado de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
  • Justificante de pago Tasa modelo 790, Código 012, que asciende actualmente al importe de 9,84 €.
  • En el caso de ser solicitado mediante un apoderado, documento que lo acredite de manera expresa.

El plazo máximo que tendrá la autoridad competente para la resolución de la solicitud de la asignación de N.I.E. será de cinco días desde la entrada de la solicitud en la Oficina, si bien lo más frecuente es que se asigne un N.I.E. de forma simultánea a la solicitud.

G-SMART ofrece a sus clientes extranjeros la posibilidad de tramitar de forma muy rápida la obtención de su N.I.E., siendo tan sólo necesario para ello la legalización -con Apostilla de la Haya- de su pasaporte completo y de un sencillo poder notarial que podrán firmar en sus lugares de residencia, sin necesidad de desplazamiento a España.